Muchas de las consultas que recibimos cada día vienen dadas por la incorrecta interpretación de los conceptos mostrados en la nómina. Por ello, vamos a explicar brevemente cada noción para comprenderla.
La nómina es un documento de carácter obligatorio que emite la empresa a cada emplead@ y que refleja una serie de datos sobre la empresa, categoría laboral, el periodo trabajado… así como cantidades económicas varias. En realidad, no es más que una factura (y de eso sabemos un rato). Y como tal, debe contener unos puntos mínimos que deben aparecer relacionados con el tipo de trabajo o las cantidades económicas. Comenzamos con el ejemplo de una nómina real de un miembro de esta sección sindical:
1. Datos del Trabajador: nombre, DNI, nº afiliación a la seguridad social del trabajador, categoría profesional o grupo profesional y código de empleado.
2. Datos de la Empresa: nombre legal de la empresa (no el comercial, sino el que aparece en el registro), domicilio social, código de identificación fiscal (CIF) y código de cotización de la seguridad social.
3. Periodo de Liquidación (periodo por el que se abona la nómina), así como los días cotizados en dicho periodo y fecha de antigüedad en la empresa.
Luego, observamos tres columnas. La primera, empezando por la izquierda, refleja los conceptos asociados al salario, que se dividen en Devengos (Columna I) y Deducciones (Columna II).
Devengos
Hacen referencia a los ingresos, es decir, aquello que recibe el/la emplead@. En este apartado se introduce una división: devengos salariales o no salariales.
Los devengos salariales son las cantidades a entregar al trabajador como pago a su trabajo, mientras que los devengos no salariales son aquellos bienes y servicios recibe de la empresa pero que no tributan como salario (como los tickets restaurante) y que nunca pueden superar el 30% de las percepciones salariales. En nuestro caso, ni para agua.
Al observar nuestras nóminas solemos darnos cuenta de una división de los devengos salariales en varias partidas diferentes:
4. Salario Base. Este es el salario mínimo que marca nuestro convenio y que viene prorrateado en base a numero de horas semanales marcadas en contrato. Este año, para trabajos a 39 horas, y grupo 10 (teleoperador especialista en este caso) estaríamos hablando de 14086,32 € entre catorce pagas. En este caso, el trabajador está a 18 horas, luego el sueldo base sería de 464,38 €. Esta nómina es anterior a la aplicación del nuevo convenio, por lo que la diferencia corresponde al mísero aumento de 20,89 € brutos para este año después de dos años con el sueldo congelado...
5. Complementos Salariales. En nuestro convenio, plus de idiomas, complementos de festivos y domingos, plus de nocturnidad, horas extraordinarias (que son ilegales para contratos inferiores a 30 horas), retribuciones en vacaciones,... En nuestro ejemplo, no hay.
6. Pagas Extraordinarias. En España tenemos dos pagas extras obligatorias: una de Navidad y otra que dependerá de nuestro convenio, en nuestro caso, en Junio. Las doce pagas mensuales más las dos pagas extra hacen las catorce pagas que recoge el Convenio. Las pagas las cobramos prorrateadas en doce pagas (una parte cada mes) aunque podemos solicitar a la empresa que se paguen aparte. Con nuestro actual convenio, serían 77,40 € mensuales, es decir, 3,49 € más que en el Convenio anterior. Gracias por “dignificar” los sueldos, CCOO y UGT (Modo ironía ON).
Puede haber devengos no salariales (como pluses de transporte), pero no son muy habituales.
Deducciones
Si los devengos es la parte de la nómina que suma, las deducciones son aquellos puntos que restan. En esencia, es lo que tenemos que aportamos de IRPF y para la Seguridad Social. También si tienes alguna ausencia por huelga (como es el caso, y recordad, en CGT no nos tomamos horas sindicales en huelga) u otros motivos, vendría aquí reflejada.
7. IRPF. Cada trabajador tendrá una cantidad diferente, aunque es aconsejable ser conscientes de lo que significa y cómo nos afecta (ver artículo al respecto).
Deducciones a la Seguridad Social: Para la cantidad a aportar a la Seguridad Social el cálculo se realiza del siguiente modo:
8. Contingencias comunes o Cotización Régimen General Ind. Se calcula como el 4,7% de los devengos salariales menos las horas extraordinarias (que computarán aparte).
9. Cotización D+F+P+S Individuo. Este batiburrillo, que en este caso suma un 1,70% a deducir contempla las siguientes retenciones:
- Desempleo. Esta cantidad es diferente para los trabajadores con contrato indefinido (1,55%), con contrato de duración determinada a tiempo completo (1,60%) o con contrato a tiempo parcial (1,60%), como es el caso.
- Formación profesional. Deducción del 0,1%.
A veces, puede tener los conceptos de “anticipos”, y “otras deducciones”, pero estas partidas suelen ser subdivisiones de los conceptos anteriormente mencionados (IRPF y deducciones a la Seguridad Social). En el caso de que las veamos como ítems independientes tendremos que cerciorarnos de que luego la suma está bien realizada y que no se ha contabilizado dos veces la misma partida.
Un error típico es confundir las deducciones de la nómina con las deducciones de la declaración de la renta. La palabra “deducción” significa resta, pero en cada documento será una resta distinta, y ambos documentos no deben confundirse entre sí. La declaración de la renta es un documento posterior al cobro de las nóminas mediante el cual se ajustan valores como el IRPF.
Líquido a percibir
10. Es el “sueldo neto”, y es lo que ingresaremos en nuestra cuenta corriente. Esta cuenta es la más fácil de toda la nómina ya que se trata de una simple resta:
LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR = TOTAL DEVENGADO – TOTAL
DEDUCCIONES
La empresa tiene a bien el informarnos en un pequeño cuadro abajo a la derecha de cuáles son las cotizaciones que paga por nuestro puesto de trabajo y contrato a la Seguridad Social. Pero aún no ha sido capaz de tener el detalle de restar las subvenciones que puede haber estado cobrando por ese mismo puesto. A ver si es que lo mismo hasta le sale a devolver y están usando la nómina como propaganda...
Ahora tienes las herramientas para ver si tu nómina está bien calculada, ¿Tienes alguna duda en la que podamos ayudarte? ¿Hay conceptos que no entiendes?
¡¡¡Salud y Lucha!!!
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