Comentamos el RD Ley 28/2020 del 22/09 que viene a regular las condiciones en las que realizamos el Teletrabajo
Fuente: www.cgt-lkn.org
La principal novedad que implica el nuevo RD (https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-11043). es que las empresas que usen este tipo de modo de trabajo deberán dotar de medios, equipos y herramientas para realizar el mismo en las más óptimas condiciones, para ello hemos creado este documento, del cual adjuntamos su enlace para que vayáis solicitándolo a la empresa:
Además, la parte empresarial proporcionará Soporte Técnico preciso en el caso de Incidencias Técnicas durante la realización de la jornada Laboral.
Teniendo en cuenta, que muchos compañeros que están en esta modalidad en Grupo Konecta, aún no se les ha enviado el anexo del Teletrabajo o se les obliga a ir a Plataforma (con riesgo de accidentes en itinere o de contagio) cuando sufren incidencias ajenas a su voluntad y capacidad, como puede ser un corte de Luz, desde CGT ya hemos instado a la empresa a la Negociación Colectiva mediante Escrito para que se establezca de forma clara la vía de compensación de los gastos realizados hasta ahora, de momento, solo asumido por los trabajadores.
Os seguiremos informando.
¡¡¡¡Salud y Lucha!!!!
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